La Universidad Cooperativa de Colombia cuenta con un Consultorio Jurídico que presta servicios de manera gratuita. Los servicios se brindan en las instalaciones de la Universidad en la calle 52ª No. 6-79 en el segundo piso.
La atención es ofrecida por estudiantes y profesores de Derecho que brindan asesorías jurídicas y en conciliación.+
¿Qué hacemos?
Prestamos un servicio social y gratuito en asesorías y asistencias jurídicas en procesos civil-comercial, seguridad social (salud, pensión y riesgos laborales), penal, administrativo, familia y laboral.
¿Qué población atendemos?
A personas de especial protección constitucional, personas naturales que carezcan de medios económicos para contratar servicios jurídicos y sujetos o grupos que se encuentren en situación de vulnerabilidad o indefensión.
*Vigilado por Ministerio de Justicia y del Derecho
Casos por las cuales se pueden solicitar los servicios del
Consultorio Jurídico
Cuando se presente irregularidades que afecten al usuario en la prestación de un servicio público domiciliario como los de energía, agua, gas, entre otros.
Problemas que surjan por la no entrega de medicamentos o asignación de citas médicas con especialistas por parte de una entidad prestadora de salud.
Conflictos que surjan por el incumplimiento de cuotas de alimentos para hijos y adultos.
Cuando se presenta un despedido laboral de forma injustificada o no se realiza el pago de las prestaciones sociales (primas, cesantías, vacaciones, intereses de cesantías, entre otros).
Deudas u obligaciones que no han sido pagadas
Servicios
inclusivos a mujeres y personas con orientación sexual e identidad de género
diversa.
Servicios
inclusivos a personas con discapacidad.
Cuando se presenta un despedido laboral de forma injustificada o no se realiza el pago de las prestaciones sociales (primas, cesantías, vacaciones, intereses de cesantías, entre otros).
Si alguien acude al Consultorio Jurídico por dudas sobre problemas relacionados con delitos o infracciones, puede recibir ayuda para que sus derechos no se vulneren en situaciones que involucren el derecho penal. Este acompañamiento es en: asesoramiento sobre leyes penales y procedimientos legales relacionados y asistencia en la redacción de documentos legales, como solicitudes de fianza o apelaciones.
Para tener en cuenta: las asesorías en el consultorio jurídico son totalmente gratis y con personal
altamente capacitado. Estudiantes orientados y supervisados por profesionales en
derecho.
Ruta de atención para personas con discapacidad y víctimas de género
En la universidad Cooperativa de Colombia se promueve la inclusión en el desarrollo de los procesos académicos y administrativos, esta se encuentra definida en Política de Inclusión e interculturalidad y se ratifica en la dimensión “todas y todos contamos".
Con base a lo anterior, establece la ruta de atención para personas con discapacidad y víctimas de género para el fácil acceso a los servicios que se prestan de manera gratuita a la comunidad en el Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación, ubicados en las instalaciones de la Universidad en la calle 52ª No. 6-79 en el segundo piso.
Esta es la ruta de atención para para personas con discapacidad:
Se hace el RECONOCIMIENTO de las personas con discapacidad que son aquellas que, al interactuar con diversas barreras, ven impedida su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que lo y las demás.
Luego se procede a la ACCESIBILIDAD A LA ATENCIÓN: En vista de esas barreras, el campus universitario donde se ubican el consultorio jurídico y centro de conciliación cuenta con entradas, salidas, pasillos y demás locaciones con fácil acceso y movilidad para cualquier tipo de personas.
En cuanto a la ATENCIÓN INTEGRAL, en la universidad se brinda atención necesaria desde el consultorio jurídico y centro de conciliación.
En la Universidad se utilizan métodos actualizados con el fin de comunicar claramente a todas las personas que soliciten los servicios, lo cual permite que ellos cuenten con ACCESO A LA INFORMACIÓN.
En el consultorio jurídico y centro de conciliación se da cumplimento a la ley 1996 de 2019 en la que se establece que todas las personas se presumen capaces, permitiendo así el libre ACCESO A LA JUSTICIA.
Los servicios están a cargo de profesionales capacitados para que las personas con discapacidad puedan solicitar PERSONA DE APOYO para el acompañamiento cuando se reciben dichos servicios.
Así se procede ante la solicitud de una persona victima de género
Desde el ingreso al campus universitario se promueve un trato respetuoso y se acompaña a quien solicite los servicios hasta las instalaciones del consultorio jurídico y centro de conciliación.
Una vez se da el ingreso al consultorio jurídico y centro de conciliación, se inicia la atención desde el punto de recepción en donde se brinda un trato comprensivo y se pregunta el asunto por el que desea la ayuda, (si llegado al caso la víctima llega en un estado desestabilización emocional, se brinda atención inmediata). Seguidamente la persona encargada de recepecionar manifestará la vocación del grupo especial y la victima pasará a un espacio alejado con un miembro del grupo especial en turno.
En caso contrario de no estar presente ningún miembro especial para estos asuntos, la persona solicitante puede ser atendido por cualquier estudiante practicante en turno en el consultorio jurídico, en el espacio apropiado.
Finalmente se indica que el personal estudiantil o miembro del grupo especial es la persona encargada de escuchar, ser guía, acompañante y ayuda frente al caso, bajo el respeto de la confidencialidad.
Más sobre el Consultorio Jurídico
Los estudiantes de Consultorio Jurídico de los últimos años, pueden litigar en causa ajena en los siguientes asuntos, actuando como abogados de de quienes requierean los servicios, así:
1. En los procesos penales que conocen los jueces municipales y los fiscales delegados ante éstos, así como las autoridades de policía, en condición de apoderados de los implicados.
2. En los procesos penales de competencia de la jurisdicción ordinaria, como representantes de la parte civil.
3. De oficio, en los procesos penales como voceros o defensores en audiencia. (Abogado de oficio – Ley 600/2000). (Sólo como apoderado de las víctimas en el sistema penal acusatorio (art 137 Ley 906/2004).
4. En los procesos laborales, en que la cuantía de la pretensión no exceda de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes y en las diligencias administrativas de conciliación en materia laboral.
5. En los procesos civiles de que conocen los jueces municipales en única instancia.
6. En los procesos de alimentos que se adelanten ante los jueces de familia.
7. De oficio, en los procesos disciplinarios de competencia de las personerías municipales y la Procuraduría General de la Nación.
8. De oficio, en los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías municipales, distritales, departamentales y General de la República.
9. De oficio, en los procesos administrativos de carácter sancionatorio que adelanten las autoridades administrativas, los organismos de control y las entidades constitucionales autónomas.
Los estudiantes que actúen y en su desarrollo ejerzan el derecho lo harán bajo la supervisión, la guía y control de la Coordinación del Consultorio Jurídico de la Universidad Cooperativa de Colombia.
¿Qué son los mecanismos alternativos de solución de conflictos (M.A.S.C)?
Son diferentes posibilidades que tienen las personas envueltas en un conflicto para solucionarlo sin la intervención de un juez ni de un proceso judicial, es decir, son una opción para resolver conflictos de una manera amistosa, expedita, sencilla, ágil, eficiente, eficaz y con plenos efectos legales, los protagonistas son las partes! El conciliador se encuentra para facilitar el diálogo, no para decidir.
Beneficios
• Forma idónea de facilitar el acceso a la justicia al ciudadano.
• Eficacia.
• Participación ciudadana.
• Tranquilidad; ahorro de tiempo y de dinero.
• Son procesos rápidos y sencillos.
• Son informales y la manera menos estresante de alcanzar una solución.
• Permiten ayudar a que las partes determinen, cómo sus necesidades queden satisfechas.
• Las partes y no el tercero neutral deciden la solución de su problema.
Dirección:
Calle 52a No. 6-79, segundo piso. Universidad Cooperativa de Colombia, Campus Montería.
Horario de atención
Lunes a viernes
De 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
Sábados
De 8:00 a.m. a 12:00 m.
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