Comité Convivencia Laboral

​​Ente corporativo bipartito de carácter público y privado creado por todo empleador, responsable de administrar y controlar el procedimiento interno destinado a prevenir y controlar conductas constitutivas de acoso laboral, al igual que prever aquellos mecanismos que permitan superar aquellas conductas de ultraje a la dignidad humana, que se puedan presentar al interior de la empresa, con el fin fomentar la armonía y la convivencia entre los miembros de la comunidad laboral.

El Comité se constituye como una medida preventiva de acoso laboral y sexual que contribuye a proteger a las personas empleadas contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo.

El Ministerio de Protección Social mediante; Resolución 652 de 2012, modificada parcialmente por la Resolución 1356 de 2012, establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral, con el objetivo de prevenir la presencia de acoso laboral en las organizaciones.


¿Qué es acoso laboral?

Toda conducta persistente y demostrable de un sujeto activo respecto de uno pasivo encaminada a:

      • Infundir miedo

      • Intimidación

      • Terror

      • Angustia

      • Causar perjuicio laboral

      • Desmotivación laboral

      • Inducir la renuncia 



​¿Cuáles son las funciones del comité de convivencia?

      • Recibir y tramitar las quejas presentadas con sus respectivas pruebas

      • Examinar de manera confidencial los casos

      • Escuchar a las partes involucradas de manera individual

      • Adelantar reuniones para crear espacio de diálogo entre las partes, promoviendo la generación de compromisos.

      • Formular plan de mejora concertado entre las partes

      • Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos, verificando su cumplimiento

      • Presentar a la alta dirección las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas de acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del comité de convivencia laboral y los informes requeridos por los organismos de control

      • Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Con¬vivencia a las dependencias de gestión del recurso humano y salud ocupacional

      • Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la entidad pública o empresa privada. 

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Guía para la gestión Comité de Convivencia Laboral.​​