Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación

Ubicación  ​​​​

 


​​Dirección: Carrera 33 A No. 29-100 piso 2º Barrio Quinta Dania Bloque 5: primer piso 101 
Teléfono: 607+6978500 Ext 7102​

Disponibilidad

Horario de atención : Lunes a Jueves​ 8:00 a.m a 11:30 a.m y de 2:00 p.m a 5:30 p.m || Viernes 8:00 a.m a 11:30 a.m y de 1:00 p.m a 4:30 p.m

Capacidad:Usuarios 40 por día  Área total 320 m2

Generalidades: Alcance Docencia; Extensión  Calidad Estandarizado

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SOBRE EL ESPACIO

El consultorio jurídico y Centro de Conciliación es un escenario de aprendizaje práctico en el cual los estudiantes practicantes del programa de derecho, bajo la supervisión, la guía y la coordinación del personal profesoral asesor y administrativo que apoya el ejercicio académico, adquieren conocimientos y desarrollan competencias, habilidades y valores éticos para el ejercicio de la profesión de abogado, mediante la prestación de servicios obligatorios, gratuitos y de calidad para la población legalmente beneficiaria en el marco de las competencias establecidas en las leyes vigentes en la materia; todo ello con el propósito institucional de formar profesionales con criterios políticos, es decir, ciudadanos que piensen y actúen de manera autónoma sobre los asuntos públicos en procura del bienestar colectivo, orientados por los valores de la ética, la responsabilidad, la solidaridad, la equidad, el respeto a la diversidad y la libertad.

 

Su objetivo principal es la prestación de servicios socio-jurídicos, la promoción y la operación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, sin ningún costo, sin embargo, los gastos necesarios para el impulso procesal y las costas judiciales en los trámites que apliquen serán asumidos por el Usuario (a); todo ello con enfoque diferencial y de interseccionalidad para beneficio de los sujetos de especial protección constitucional, las personas naturales que carezcan de medios para contratar los servicios de un profesional en derecho, y en general las personas o grupos que, con sus circunstancias especiales, se encuentren en situación de vulnerabilidad o indefensión, cuando se trate de asuntos íntimamente ligados con su condición.

 

Así mismo, contribuir a que las personas beneficiaras de sus servicios accedan a la asesoría jurídica, la conciliación extrajudicial en derecho, la representación judicial y extrajudicial, la pedagogía en derechos y el ejercicio del litigio estratégico en interés público.

 

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El consultorio Jurídico y Centro de Conciliación busca la defensa del interés general, su armonización con los intereses particulares y con los fines del Estado Social de Derecho, propendiendo por la justicia y la equidad en la sociedad. Así mismo, garantiza los ajustes razonables necesarios para asegurar a las personas beneficiarias de sus servicios el acceso y la participación, en igualdad de condiciones.

 

Las formas de acreditar la condición de beneficiario son las siguientes: carné o certificación del sistema de identificación de potenciales beneficiarios de programas sociales – SISBEN; carné de la entidad promotora de salud – EPS, del régimen subsidiado; recibo de servicios públicos (vivienda o predio rural estrato 1, 2 y 3); documento de inscripción en el registro único de población desplazada – RUPD o registro único de víctimas – RUV, u otros equivalentes; cualquier documentos de identificación que acredite la condición de refugiado, apátrida, víctima de trata, menor no acompañado o separado y migrante en situación irregular; permiso de protección temporal – PPT; desprendible de nómina que demuestre ingresos hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes – MLMV.


Para el ejercicio de la representación a terceros determinados como personas beneficiarias del servicio, los estudiantes, bajo la supervisión, la guía y el control del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación, podrán actuar en los casos establecidos en la ley, siempre y cuando la cuantía no supere los 50 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).

La asesoría a los asuntos que se atienden se hace con la participación directa de los estudiantes que cursan los dos últimos años en el programa de Derecho, quienes obran bajo la vigilancia y orientación de los profesores asesores en las siguientes áreas jurídicas:

  • Derecho Constitucional y Público

  • Derecho Civil y Comercial

  • Derecho de Familia

  • Derecho Laboral y de la Seguridad Social

  • Derecho Penal

  • Mecanismos Alternativos de resolución de conflictos, principalmente la conciliación.

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Por otra parte, en el desarrollo de sus actividades la Universidad suscribe convenios interinstitucionales, en los cuales estudiantes practicantes de la facultad de derecho prestan sus servicios bajo la supervisión de los titulares del convenio.

 

Es importante resaltar que en el mismo espacio funciona el servicio de atención al ciudadano prestado por el Ministerio del Trabajo, cuyo objetivo específico, es programar audiencias de conciliación en materia laboral y citar a los reclamados a las instalaciones del Consultorio Jurídico para la realización de la diligencia administrativa en presencia de un Inspector del Trabajo.

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Así mismo, se ha suscrito un Acuerdo con la fiscalía general de la Nación con el objeto de adoptar las bases para la ejecución del programa de mediación penal, así como regular la remisión y el trámite restaurativo de conflictos penales, de conformidad con las directrices establecidas en la Resolución No. 0 0383 del 11 de mayo de 2022 por medio de la cual se adopta el Manual de Justicia Restaurativa expedido por la fiscalía general de la Nación.

 

Si tiene algún conflicto jurídico o necesidad de asesoría sobre los siguientes asuntos, no dude en acercarse a nuestras instalaciones, cuya información se encuentra al final de esta página:

 

Derecho Constitucional y Público: acciones de tutela, cumplimiento y populares; acciones de protección al consumidor; acción de protección al consumidor financiero; acciones sobre negación de cobertura, reembolso económico de gastos médicos, y reconocimiento y pago de incapacidades y licencias; procedimientos disciplinarios de competencia de las personerías municipales; procedimientos de responsabilidad fiscal; derechos de petición; en los procedimientos contravencionales de tránsito, cuya sanción no supere los 20 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).

 

Civil y Comercial: Contratos; servidumbres; propiedad horizontal; establecimientos de comercio; responsabilidad civil contractual y extracontractual; economía solidaria; títulos valores y ejecutivos; entre otros.

 

Laboral: Contratos de trabajo; liquidaciones; pensiones; cesantías; riesgos profesionales; entre otros. En asuntos laborales se puede ejercer representación jurídica de controversias que no excedan los 20 salarios mínimos legales vigentes.

 

Familia: Obligaciones alimentarias; régimen de visitas o custodia, siempre que se acompañen de reclamación de alimentos; declaración, disolución y liquidación de unión marital de hecho.

 

Penal: Inasistencia alimentaria; acción penal derivada de accidentes de tránsito; daño en bien ajeno; estafas; lesiones personales culposas; violencia intrafamiliar; entre otros. La intervención en esta área como defensores, corresponderá a causas de competencia de jueces penales municipales. Representación de víctimas durante el proceso penal y acompañamiento a audiencias de conciliación extrajudicial por delitos querellables.​


El consultorio jurídico permite al estudiante:

  • El desarrollo de prácticas mediante turnos previamente asignados.

  • Recibir a usuarios o consultantes y emitir conceptos sobre la atención bajo la asesoría y coordinación del asesor de turno.

  • Luego del reparto de procesos, el estudiante practicante designado presenta un proyecto de demanda o acción correspondiente para ser revisado en conjunto con el asesor de turno.

  • Aprobada la corrección, se presenta la demanda y comienza la actuación de los practicantes en los estrados judiciales; siempre supervisados y de la mano de los asesores del Consultorio Jurídico.

 

Recursos disponibles:​

  • Se cuenta en la actualidad con una coordinación general y asesores; abogados especialistas en diferentes áreas.

  • El Consultorio Jurídico cuenta con un espacio dotado de 15 cubículos de atención a usuarios cada uno con su equipo de cómputo en perfecto estado para el registro de las consultas y seguimiento al proceso, conectados en red mediante cableado estructurado, mobiliario y silletería cómoda para estudiantes y usuarios consultantes.

  • Se cuenta con área para asesores.


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CENTRO DE CONCILIACIÓN

La Universidad Cooperativa de Colombia a través de su Centro de Conciliación presta servicios gratuitos de conciliación en los asuntos Civiles, Familiares y Comerciales contenidos en el Estatuto de Conciliación y hasta cuantía máxima de 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

El Centro de conciliación es un escenario real de aprendizaje, en el cual los estudiantes ponen en práctica habilidades, destrezas y competencias aprendidas durante el proceso de formación del programa académico de Derecho. La Conciliación, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 2220 de 2022, es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado Conciliador (a), quien, además de proponer fórmulas de arreglo, da fe de la decisión de acuerdo, la cual es obligatoria y definitiva para las partes que concilian.

 

El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Universidad Cooperativa de Colombia, seccional Bucaramanga, fue autorizado para su creación mediante la Resolución N° 0027 del 19 de diciembre del 1997 del Ministerio de Justicia y del Derecho.

Son las propias partes confrontadas las que resuelven su conflicto, desavenencias o diferencias en ejercicio de la autonomía de la voluntad, asistidos por el Conciliador (a) que promueve y facilita el diálogo y la búsqueda de soluciones al conflicto y negociación entre ellas y que pueden proponer fórmulas de solución que las partes pueden o no aceptar según su voluntad. En la regulación, implementación y operación de la conciliación se garantiza que todas las personas, sin distinción, tengan las mismas oportunidades, y la posibilidad real y efectiva de acceder al servicio que solicitan.

 

Los procedimientos definidos en la Ley 2220 de 2022, se erigen sobre preceptos ágiles, de fácil comprensión y aplicación en todo contexto y materia, por lo que los mismos se interpretan y aplican por el Conciliador (a), con la debida diligencia, en función de la solución autocompositiva del conflicto. El Conciliador (a), las partes, sus apoderados o representantes legales y los centros de conciliación evitarán actuaciones dilatorias injustificadas, en procura de garantizar el acceso efectivo a la justicia.

 

Beneficiarios del servicio del Centro de Conciliación:  los mismos que puedan ser usuarios del Consultorio Jurídico, es decir, personas naturales que vivan en inmuebles clasificados en estratos socioeconómicos 1, 2 y 3. Si alguno de los usuarios es Persona con Discapacidad física, tiene ingreso libre de barreras arquitectónicas.

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Asuntos que se atienden en el Centro de Conciliación:

Acuerdos de Apoyo y Directivas Anticipadas

La ley 1996 de 2019 establece el régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad. El propósito es que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a tomar decisiones y que sean respetadas por medio de la celebración de los siguientes actos jurídicos:

 

  • Celebrando un acuerdo de apoyo: los acuerdos de apoyo permiten que una persona mayor de edad formalice la designación de la o las personas, naturales o jurídicas, que le asistirán en la toma de decisiones respecto a uno o más actos jurídicos determinados.

  • Suscribiendo una directiva anticipada: mediante la cual se establece la expresión de su voluntad y sus preferencias en decisiones relativas a uno o varios actos jurídicos, con antelación a los mismos.

  • Solicitando al juez que designe apoyos: a través de un proceso de jurisdicción voluntaria o verbal sumario.


     

Los acuerdos de apoyo y las directivas anticipadas podrán suscribirlos las personas con discapacidad en compañía de las personas que estarán como apoyos para determinado acto jurídico y lo podrán realizar ante nuestro Centro de Conciliación. 


Asunto civil y comercial

  • Restitución de bien inmueble arrendado.

  • Resolución de contratos.

  • Reconocimiento de una obligación.

  • Pre-constitución de prueba sobre títulos valores.

  • Cancelación, reposición y reivindicación de títulos valores.

  • Responsabilidad civil extracontractual.

  • Controversias entre copropietarios tenedores de edificios.


Asunto de familia

  • Fijación, Aumento, Disminución, Exoneración.

  • Ofrecimiento de cuotas alimentarias de menor y mayor de edad.  

  • Fijación de custodia provisional y régimen de visitas.

  • Declaración de unión marital de hecho entre compañeros permanentes y/o parejas del mismo sexo.

  • Permiso para salida del país de menor de edad.

  • Controversia por el ejercicio de la Patria Potestad.

  • Disolución y liquidación de la sociedad patrimonial y conyugal.

  • Separación de cuerpos y bienes.

  • Acuerdos de apoyos.​


​Otros asuntos

  • Conflictos sobre seres sintientes y tenencia de mascotas: alimentos, uso de áreas y zonas comunes, parques, perturbación por ruido y otros.

 

Trámite para adquirir la condición de usuario del Centro de Conciliación: Quien esté interesado en ser usuario del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico, debe acercarse personalmente:

 

  • Tramitar solicitud de conciliación, siguiendo las instrucciones que se le brinden en el Centro.

  • Entregar copia de un recibo de servicio público o evidencia de su vinculación al SISBEN, con categorización.

  • Allegar fotocopia de su cédula de ciudadanía, ampliada al 150%, del solicitante.

  • Presentar los documentos que soporten su reclamación (soportes probatorios y toda otra información que ayude a entender su reclamación).

  • Dar sus datos personales verificables cuyos para mantener un contacto.

  • Información de aquella persona o personas a quien(es) se citará como convocados.

 

Somos ágiles en la citación a la audiencia de conciliación. Recuerden que, una vez recibida su solicitud de conciliación, se estaría citando a audiencia en un plazo que va entre 20 a 30 días. Pero siempre, dentro del término de Ley (no mayor a 3 meses).​​


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Consultorio Jurídico Violeta  

 

Es un espacio privado y confiable en el que se brinda asesoramiento y apoyo legal especializado con enfoque de género (atención a mujeres y personas con identidad de género diversa). El Consultorio Jurídico violeta está compuesto por un equipo multidisciplinario de abogados/as y psicólogos/as, capacitados/as en la atención y prevención de la violencia basada en género.

Objetivos del Consultorio Jurídico Violeta:

  • ​Brindar asesoramiento y apoyo legal a mujeres y personas con identidad de género diversa, víctimas de violencia de género.

  • Sensibilizar a la comunidad sobre la importancia de prevenir y combatir la violencia de género.

  • Promover la igualdad de género y el respeto a los derechos humanos de las mujeres y personas con identidad de género diversa.

 

La violencia basada en género es un problema social grave que afecta a mujeres y personas con identidad de género diversa de todas las edades, clases sociales y culturas. Muchas mujeres que sufren violencia no conocen sus derechos legales o carecen de recursos económicos para contratar un abogado/a. Además, el sistema de justicia a menudo carece de una perspectiva de género, lo que dificulta aún más el acceso a la justicia para las víctimas.

Se brinda asesoramiento jurídico gratuito a las mujeres y personas con identidad de género diversa que acudan al Consultorio Jurídico y expongan cualquier situación de violencia. Se les informará sobre sus derechos, se les orientará en los procesos legales correspondientes (esto de ser requeridos) y se les acompañará en el seguimiento de sus casos.

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Además del apoyo legal, se ofrece apoyo psicológico y social a las víctimas de VBG, con el fin de fortalecer su bienestar emocional y social durante el proceso, sea este, al momento de la asesoría o durante el trámite de la gestión judicial.

 

Además, se llevan a cabo talleres y capacitaciones dirigidos a la comunidad, con el objetivo de sensibilizar sobre la violencia de género, promover la igualdad de género y prevenir conductas violentas.

 

Recuerda que, en el Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la UCC, se pueden tramitar la formalización de Acuerdos de Apoyo y Directiva Anticipadas, estas son: 

¿Qué es la formalización de Acuerdos de Apoyo?

Son los acuerdos que permiten que una persona mayor de edad con discapacidad designe a otra, sea esta natural o jurídica, para que lo asista en la toma de decisiones (no para que decida por él/ella) respecto a uno o más actos jurídicos determinados de los que es titular. (Ley 1996 de 2019)

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¿Qué son las directivas anticipadas?

Corresponden a la expresión de la voluntad o de sus preferencias, de una persona mayor de edad, respecto a sus decisiones relativas a uno o varios actos jurídicos, con antelación a los mismos, es decir, que antes de presentarse alguna circunstancia que impida la manifestación de la voluntad, aquella será expresada a través de una directiva anticipada. (Ley 1996 de 2019)

Importante: 

La formación de acuerdos de apoyo y directivas anticipada, se podrán adelantar en las Notarías y en los Centros de Conciliación. (Decreto 1429 de 2020).

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Capacidad: 40 personas

Área total: 269 m2 320 m2

Alcance: Docencia; Investigación; Extensión

Horario de atención: lunes a jueves 8:00 am a 11:30 am y de 2:00 pm a 5:30 pm || viernes 8:00 am a 11:30 am y de 1:00 pm a 4:30 pm

Contacto:

Carmen Sofía Lancheros Durán

Coordinadora Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación

cjuridico.buc@ucc.edu.co

Teléfono: 607+6978500 – Ext. 7102​​