Nuestro Centro de Conciliación tiene como objetivo los Métodos de Solución de Conflictos a través de los cuales dos o más personas gestionan por sí mismas sus diferencias con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado Conciliador.
Los asuntos conciliables en materia civil son:
1. Restitución de bien inmueble arrendado.
2. Resolución de contratos.
3. Reconocimiento de una obligación.
4. Responsabilidad civil contractual y extracontractual.
5. Conflictos relacionados con la convivencia.
6. Daños materiales en accidentes de transito.
Los asuntos conciliables en materia de familia son:
1. Fijación, aumento, disminución y/o exoneración de cuota alimentaria.
2. Declaración de la unión marital de hecho.
3. Disolución y liquidación de la sociedad patrimonial.
4. Rescisión de la partición en las sucesiones y en las liquidaciones de sociedad conyugal o de sociedad patrimonial entre compañeros permanentes.
5. Custodia y régimen de visitas sobre menores y personas en condición de discapacidad
6. Conflictos sobre capitulaciones matrimoniales.
7. Controversias entre cónyuges sobre, la dirección conjunta del hogar y entre padres sobre el ejercicio de la autoridad paterna o la patria potestad.
8. Separación de bienes y de cuerpos.
Tramite de:
Formalización de acuerdos de apoyo y garantías anticipadas de acuerdo a la ley 1996 de 2019.
Para acceder al servicio:
Debe ser:
a. Persona natural de escasos recursos económicos o en situación de vulnerabilidad.
b. Mayor de edad.
Debe traer:
a. Fotocopia del documento de identidad.
b. Fotocopia del recibo de servicio públicos de los últimos tres meses.
c. Fotocopia de los documentos que estén relacionados con la consulta a realizar.
Debe venir:
1. De lunes a viernes en un horario comprendido entre las 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m a 12:00 m.
Debe registrar información:
En la secretaria de Consultorio Jurídico la información personal y esperar que le sea asignado un asesor, el cual le informara si el Consultorio tiene competencia de acuerdo con la Ley o si debe remitirse a otra entidad.